COMPLICES
"Una persona que me dijo: “Tu ego y el de Salomón hace imposible que se pueda pactar”…"los abogados de Salomón me presentaron una estrategia con la que te vas a ir a trabajar a Timbuktú”.
Estos son algunos de los mensajes que recibí, a los que en su momento no di crédito ni importancia. Todo cobró sentido cuando conspiraron y falsificaron documentación para dañarme.
Los culpables no solo son los dueños de la compañía que está haciendo la demanda, también lo son sus abogados y el Ministerio Publico, quienes planearon y falsificaron documentos. La carpeta de investigación no cuenta con ningún elemento y jamás debió haber sido aceptado bajo los términos legales. No existen contrato entre los Issa Tafich y yo, no hicieron ningún pago, no existe ningún tipo de vínculo entre ellos y yo. No hay ningún contrato ni transacción firmada en
esta ciudad de Torreón, Coahuila, ni con los Issa Tafich, ni conmigo, ni con nadie.
Los documentos que se firmaron, todos se firmaron en Ciudad de México, y ninguno es entre los Issa Tafich y yo.
Además de estas personas, los cómplices son aquellas personas que sabían de la estrategia de los Issa Tafich para amedrentarme y extorsionarme. Conocer el hecho de un delito y no denunciarlo los vuelve cómplices de esto (secuestro, extorsión y tortura), los cómplices incluyen
a miembros de una financiera, empleados de Generación Industrial, apoderados legales de las empresas de los Issa Tafich, y todos los antes mencionados, son actores materiales e intelectuales de estos delitos. Cuando un grupo está involucrado en un delito de esta magnitud, se le denomina crimen organizado, de acuerdo con la Constitución.
El proceso puede tardar tiempo, pero todas las personas, incluso las que solo sabían, y no hicieron nada, enfrentarán a la justicia. No me voy a arrodillar ante nadie".
En el contexto de la Constitución Mexicana, el término "conspiración" se refiere a la acción de varias personas que se asocian con el fin de cometer un delito o de llevar a cabo un acto ilegal o subversivo contra el orden establecido.
De acuerdo con el Código Penal Federal, el artículo 139 establece que la conspiración ocurre cuando dos o más personas se confabulan para cometer un delito, aunque no se lleve a cabo el acto criminal en sí, solo el hecho de la preparación del delito puede ser sancionado. Este tipo de conspiración puede involucrar actos como planificar un asesinato, un golpe de estado, un acto de terrorismo, etc.
Según la Ley General contra la Delincuencia Organizada (LGDO), el crimen organizado involucra a tres o más personas que se asocian con el propósito de cometer delitos de manera recurrente, es decir, que existe una estructura organizada, con roles específicos y un propósito común que va más allá de un simple delito aislado.